PROCESO MONITORIO EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

28.10.2010 07:12

 Actualizada con las reformas de las Leyes 13/2009, de 3 de noviembre, y 19/2009, de 23 de noviembre




EL REFORMADO PROCESO MONITORIO EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
   
Actualizada con las reformas de las Leyes 13/2009, de 3 de noviembre, y 19/2009, de 23 de noviembre


El proceso monitorio es, sin duda, el proceso civil más frecuentemente utilizado en la práctica, pues, a su extenso ámbito de aplicación (a saber: la reclamación judicial de derechos de crédito impagados, con un límite cuantitativo recientemente ampliado y que se hallen de algún modo documentados) une, sobre todo, una estructura procedimental que sitúa al deudor en la postura de tener que pagar la deuda u oponerse formalmente a ella, ya que, de mantenerse inactivo frente al requerimiento judicial de pago subsiguiente a la admisión de la petición monitoria, se dictará en su contra un auto despachando la ejecución forzosa.

 Las numerosas modificaciones introducidas por las leyes de reforma de la Oficina Judicial, entradas en vigor este mismo año, así como con la última jurisprudencia emanada de nuestras Audiencias Provinciales. Así, junto a un inicial , donde se da cuenta de los aspectos esenciales de su régimen jurídico, encontrará el lector sobre la tramitación del mismo, los de los principales trámites escritos en que se desarrrolla este procedimiento, y una minuciosamente sistematizada por temas, así como también una serie de donde se examinan las cuestiones más problemáticas que suelen surgir en la práctica forense y, por último, una sintética selección de la normativa legal aplicable.